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Biodiésel: el Senado debatirá hoy una ley que mueve cuotas, cupos y competencia por 10%

El proyecto de biocombustibles volvió al recinto con cambios sobre la definición de «grupo económico» y una concesión para las firmas no integradas. La discusión concentra el reparto del mercado de biodiésel mientras la ley eleva el corte obligatorio del 7,5% al 10% y el bioetanol del 12% al 15%.
jueves 17 de septiembre de 2026

El Senado tratará hoy la nueva ley de biocombustibles, después de que el proyecto volviera a una etapa de negociación intensa por desacuerdos en torno del biodiésel. La iniciativa ya había obtenido despacho favorable el 3 de septiembre en un plenario de las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Presupuesto y Hacienda, pero no reunió los acuerdos necesarios para llegar al recinto en la primera jugada.

La discusión se reactivó con dos cambios centrales. Por un lado, se incorporó una definición más amplia de «grupo económico», con referencia a la situación societaria existente al 31 de diciembre de 2025. Por otro, se elevó del 3% al 4% la participación reservada para las empresas no integradas hasta 2036, cuando termina el período de transición previsto en el texto.

La arquitectura general del proyecto mantiene un régimen con vigencia de 15 años. En biodiésel, el corte obligatorio en el gasoil pasaría del actual 7,5% al 10% a los doce meses de sancionada la ley. Luego, la porción reservada a las no integradas bajaría a 5,5% en 2029, 5% en 2030 y 3% desde 2031 hasta el final de la transición. En paralelo, el segmento abierto crecería progresivamente hasta siete puntos.

En bioetanol, el texto eleva el corte obligatorio en las naftas del 12% al 15% en el mismo plazo. Mantiene seis puntos porcentuales para el combustible producido a partir de caña de azúcar y seis para el elaborado con maíz. El porcentaje restante hasta llegar al 15% no queda atado a una materia prima específica y podrá ser abastecido con distintos productos contemplados en la futura ley.

El principal foco de tensión siguió siendo el biodiésel. El último dictamen estableció un tratamiento diferenciado entre empresas integradas, vinculadas con grupos que poseen plantas de aceites vegetales y harinas proteicas, y no integradas, que no tienen esa vinculación. Con la nueva redacción del artículo 36, habrá grupo económico cuando una entidad haya ejercido «control o influencia significativa» sobre otra al 31 de diciembre de 2025 o con posterioridad.

El texto también contempla control de votos, influencia dominante, vínculos económicos especiales y el principio de realidad económica. Además, establece una presunción cuando una empresa posee, directa o indirectamente, al menos el 25% del capital y constituye la primera minoría.

La cláusula de «Continuidad del grupo económico» agrega que, si esas condiciones existían al 31 de diciembre de 2025, cambios posteriores en la composición o estructura societaria «no serán suficientes, por sí solas, para desvirtuar la existencia del grupo económico».

La definición no es menor: determina en qué segmento del nuevo mercado puede participar cada compañía. Una productora que quede comprendida como integrante de un grupo vinculado con plantas de aceites y harinas podría dejar de ser considerada no integrada y, por lo tanto, no acceder al volumen reservado para ese sector. Aun así, podría seguir compitiendo en el segmento abierto junto con las empresas integradas.

Desde uno de los sectores involucrados cuestionaron que, con la nueva definición, algunas compañías que esperaban participar del cupo de las no integradas podrían terminar compitiendo directamente con las grandes plantas. «Las no integradas quieren una nueva ley, pero que sea justa», señalaron desde ese sector.

Más allá de la ingeniería legislativa, el caso expone un punto sensible para cualquier mercado: quién recibe cupos, quién queda afuera y cómo se administran las transiciones. Cuando la ley reparte volumen por categorías, el incentivo deja de ser producir más y pasa a ser, también, encajar mejor en la definición correcta. Eso siempre atrae más negociación política que competencia genuina.

Para el mercado, la señal más importante es otra: si el Congreso finalmente aprueba un esquema de 15 años, con cortes obligatorios más altos y reglas específicas de participación, habrá un cambio de reglas de juego con impacto directo sobre inversiones, márgenes y asignación de capital. El mercado ya votó: quiere previsibilidad. Capital busca reglas claras.

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