La Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) presentará una nueva ley de incentivos turísticos que no contempla créditos fiscales. Así lo aclaró la administradora Gloria De León, en respuesta a las dudas que generó el esquema anterior.
El proyecto sustituye a la Ley 80 de 2012, que venció el 31 de diciembre de 2025. A diferencia de esa norma, centrada en la construcción de hoteles, la nueva propuesta amplía el alcance hacia marinas, muelles, aeropuertos y productos como piscinas de olas, con el objetivo de diversificar la oferta para el visitante.
Los incentivos contemplados incluyen exoneración del impuesto sobre la renta, exoneración del impuesto a bienes inmuebles, exoneración para la importación de materiales destinados a nuevos productos turísticos, exoneración aplicable a muelles y aeropuertos, y exoneración del FECI (Fondo Especial de Compensación de Intereses).
Según De León, el borrador ya fue revisado por el Consejo Nacional del Turismo, instancia que reúne a actores del sector privado y del gobierno. En ese foro se acordó orientar la ley hacia la promoción de inversiones en el interior del país. El texto se encuentra actualmente en el Ministerio de Economía y Finanzas, con presentación prevista en Consejo de Gabinete el 4 de agosto, para luego trasladarse a la Asamblea Nacional.
El antecedente que marcó el diseño
La aclaratoria no es casual. Durante la administración de Laurentino Cortizo (2019-2024), la Ley 122 de 2019 y la Ley 314 de 2022 otorgaron amplios créditos fiscales a obras e infraestructura turística. El mecanismo permitía que, en la práctica, el Estado asumiera la totalidad de los costos de un proyecto privado si el inversionista lograba utilizar el 100% del crédito otorgado. El beneficio se redujo posteriormente al 60%, pero las dudas sobre el sacrificio fiscal, la fiscalización y el riesgo de defraudación derivaron en la derogación de ambas leyes y en la cancelación de varios proyectos hoteleros.
«La administradora reiteró que no se renovará ningún proyecto legal que da créditos fiscales a ninguna empresa o proyecto», según la fuente.
Lectura editorial
La distinción importa: una exoneración tributaria reduce el costo regulatorio para quien invierte; un crédito fiscal transfiere riesgo —y dinero— del contribuyente al promotor privado. El diseño anterior confundió incentivo con subsidio encubierto, con resultados que el propio mercado sancionó: proyectos cancelados y un aparato estatal sin herramientas reales de fiscalización.
El nuevo esquema, si se aprueba tal como fue presentado, ofrece reglas más claras y acotadas. Capital busca precisamente eso: certeza jurídica y costos predecibles, no transferencias opacas. La prueba de fuego será la redacción final que llegue a la Asamblea Nacional y, sobre todo, los mecanismos de control que la acompañen.


