El presidente Javier Milei habló esta noche por cadena nacional. Anunció una iniciativa vinculada con la explotación de recursos naturales en las Islas Malvinas.
El anuncio reactiva el interés por un antecedente legal de hace 15 años. Se trata de la Ley 26.659, conocida como «Ley Pino Solanas». Fue sancionada el 16 de marzo de 2011, durante el primer gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
La norma exige autorización argentina para explorar o explotar hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina. La exigencia aplica a empresas locales y extranjeras por igual. El texto no menciona a Malvinas de forma expresa. Sin embargo, surgió en un contexto de tensión por la exploración hidrocarburífera alrededor del archipiélago, bajo administración británica.
El artículo 2° fija las prohibiciones centrales. Impide operar sin habilitación argentina. También impide prestar servicios comerciales, financieros, logísticos o de consultoría vinculados con esas actividades. La restricción alcanza incluso a quienes tengan participación indirecta en las empresas involucradas.
El artículo 3° establece inhabilitaciones de entre cinco y 20 años para quienes incumplan. Las concesiones pueden revertir al Estado nacional o provincial. El artículo 4° suma otra sanción: pueden caer las exenciones impositivas y previsionales otorgadas.
El artículo 5° va más allá de las empresas. La Nación, las provincias y los municipios tampoco pueden contratar a quienes operen sin autorización en esa plataforma.
El Congreso reforzó el régimen en 2013. La Ley 26.915 modificó la norma original. Incorporó penas de prisión para actividades sin autorización. Desde entonces, explorar el lecho marino sin permiso implica entre cinco y diez años de cárcel. Extraer, transportar o almacenar hidrocarburos sin autorización eleva la pena a entre diez y 15 años.
El esquema también prevé multas millonarias, calculadas sobre el valor de mercado de los barriles involucrados. Contempla además el decomiso de equipos, materiales e hidrocarburos extraídos, y la extinción de permisos y concesiones.
El mensaje de fondo es claro para cualquier operador que evalúe activos en la región. Las reglas de soberanía sobre recursos naturales no son un matiz diplomático: son un riesgo legal cuantificable, con penas de prisión y pérdida de activos.
Para el capital que analiza riesgo país en el Atlántico Sur, esto cambia el cálculo. Una concesión sin autorización argentina no es solo una disputa política. Es una exposición penal y patrimonial concreta, con dos leyes vigentes que la respaldan desde hace más de una década.


