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Juez revierte tutela y deja en pie la difusión de las imágenes de Abelardo entre cadáveres

El Juzgado 30 Civil de Bogotá negó el amparo que buscaba frenar las publicaciones oficiales. La decisión favorece al Gobierno, en medio de la discusión sobre el uso de imágenes de operativos militares como herramienta de comunicación.
Imagen generada con IA
viernes 25 de septiembre de 2026

El Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá negó la tutela que buscaba impedir la difusión de imágenes del presidente Abelardo De la Espriella caminando entre cuerpos de integrantes de grupos armados.

La decisión, conocida tras un cambio de despacho dentro del proceso, dejó sin efecto el amparo que inicialmente había ordenado de forma provisional ocultar esas publicaciones de las cuentas oficiales de la Presidencia. El primer pronunciamiento había salido del Juzgado 14 Laboral del Circuito de Bogotá, que el 9 de septiembre dispuso retirar temporalmente el contenido mientras se resolvía de fondo la acción.

Las imágenes cuestionadas correspondían a publicaciones del 2 y el 4 de septiembre, vinculadas con las operaciones Azarías, en Miraflores, Guaviare, y Centinela de la Patria, en La Guajira. En esos videos se observa al mandatario junto a cuerpos envueltos en bolsas plásticas, al lado de armas incautadas, como parte de la difusión oficial de los resultados militares.

La tutela fue promovida inicialmente por el representante a la Cámara Santiago Osorio Marín, quien advirtió que el contenido podía afectar a niños, niñas y adolescentes con acceso a las cuentas institucionales del Estado. Esa misma preocupación fue considerada en la medida provisional del juzgado laboral, que creyó necesario restringir temporalmente el acceso público mientras se evaluaba si el material podía ser violento o explícito.

El expediente cambió de manos después de que una segunda tutela, presentada por Javier Ricardo Cabrera Cruz, fuera acumulada a la primera por disposición del Tribunal Superior de Bogotá. A partir de ese movimiento, el caso pasó al juzgado civil que terminó resolviendo de fondo. Según el proceso, la orden provisional se refería a las cuentas oficiales de la Presidencia y del Dapre, no a las cuentas personales del presidente.

La defensa de la Presidencia sostuvo que la tutela había perdido objeto frente a las publicaciones ya retiradas de las cuentas institucionales. Además, el ICBF, vinculado al proceso, señaló que ninguno de los accionantes había demostrado un vínculo familiar o una representación concreta respecto de un menor específico afectado por las publicaciones.

En el debate público, Iris Marín, defensora del Pueblo, calificó la narrativa como «grotesca» y un uso de la muerte como «espectáculo». Sectores afines al Gobierno, por el contrario, defendieron las imágenes como una muestra legítima de «mano dura» y de rigor contra los grupos criminales.

El fallo no solo cierra una pelea procesal: también deja en evidencia hasta dónde quiere llevar el poder político la exhibición de resultados militares. Cuando el Estado usa sus canales oficiales para mostrar cadáveres como parte de su relato, la discusión ya no es solo jurídica. Es institucional y de principios.

Capital busca reglas claras. Si la comunicación del Gobierno cruza la línea entre informar y espetacularizar la violencia, el costo termina cayendo sobre la confianza pública y sobre la protección de los menores. El orden importa, pero también los límites del aparato estatal cuando convierte el dolor en pieza de propaganda.

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